Mediante Resolución Directoral Nro. 806-2009-PRODUCE/DGEPP, se ha declarado la caducidad de permisos de pesca de embarcaciones pesqueras en extremo referido a la extracción de jurel y caballa por contravenir el reglamento del ordenamiento pesquero del mismo, que establece que dichos permisos que a la entrada en vigencia de dicho reglamento no hayan realizado esfuerzo pesquero sobre el mismo para consumo humano directo, serán declarados caducos.
COMENTARIO:
Aunque dicha resolución deviene en un solo caso, es un precedente que conlleva a otras embarcaciones pesqueras a presentar fichas técnicas en las que se verifique su actividad en dicho espacio de pesca de jurel y caballa, siendo además importante acreditar que su destino es para el consumo humano. Las reglas están para respetarse, no sólo para observarlas.
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Aunque dicha resolución deviene en un solo caso, es un precedente que conlleva a otras embarcaciones pesqueras a presentar fichas técnicas en las que se verifique su actividad en dicho espacio de pesca de jurel y caballa, siendo además importante acreditar que su destino es para el consumo humano. Las reglas están para respetarse, no sólo para observarlas.
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